El Comité Paritario de Higiene y Seguridad asesora y enseña a los trabajadores cómo usar correctamente los instrumentos de protección y vigila que las medidas preventivas se cumplan.
La Ley 16.744 contiene todas las normas para la prevención de accidentes en el trabajo y de enfermedades profesionales. En este reglamento también se incluye la obligación de crear un Comité que se encargue de fiscalizar las condiciones de seguridad y medidas de prevención dentro de una empresa.
Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad son organismos técnicos que deben existir, por ley, al interior de toda organización que cuente con más de 25 trabajadores.
El funcionamiento de esta figura está regulado en conjunto por la Ley 16.744 y el Decreto Supremo Nº 54 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Su objetivo principal es ser un organismo que asesore a los trabajadores en torno a la prevención, higiene y seguridad.

Catalina Aguilar
Presidenta

Faviola Calfunao
Secretaria

Liz Ala

Roxana Garrido

Paola Palma