Reglamento de Convivencia Escolar

Introducción

El presente documento tiene por objeto plasmar toda instancia que refleje la esencia del Proyecto Educativo de nuestra escuela a través de las especificaciones, regulaciones, deberes, derechos y normativas incluidas en éste, inspiradas en la dignidad del ser humano y poniendo el interés del niño o niña por sobre todas las cosas, asegurando la ausencia de toda discriminación arbitraria en nuestra institución y resguardando los derechos y deberes de nuestra comunidad educativa.


Es intención primordial de nuestra institución generar la participación responsable frente al quehacer educativo de tal forma de transmitir valores formativos integrales a toda la comunidad educativa, en un marco de respeto mutuo y dentro de los marcos de la legalidad vigente, generando una corresponsabilidad en los procesos formativos de nuestros y nuestras estudiantes promoviendo la convivencia fraterna de nuestra comunidad educativa.


Por tanto, presentamos los fundamentos y principios iluminadores de los documentos que aquí se expresan.

Anexo Reglamento de Convivencia Digital

Introducción

En conformidad con la Ley General de Educación N° 20.370 y las orientaciones del Ministerio de Educación sobre la ley 21.801, la Escuela Básica N°43, Patronato San Antonio establece la siguiente regulación respecto del uso de teléfonos móviles y dispositivos electrónicos de comunicación personal durante la jornada escolar.


El establecimiento reconoce el valor formativo de la educación digital, por lo que protocolo se fundamenta en el principio rector de Educación Digital, incorporado a la Ley General de Educación, entendida como la formación progresiva de los estudiantes en el uso consciente, responsable y seguro de las tecnologías digitales, más allá de la mera restricción de su utilización, sin embargo, establece una prohibición general del uso de dispositivos móviles personales durante la jornada escolar, con excepciones expresamente reguladas.


Para efectos del presente anexo, se entenderá por dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal aquellos equipos de propiedad individual que permiten comunicación o acceso a internet (teléfonos celulares, relojes inteligentes, tablets u otros similares).